En Estados Unidos, las discusiones financieras son la causa más frecuente de divorcio. Pero ese no pareciera ser el caso en Costa Rica, de acuerdo con una consulta realizada a cinco abogados especialistas en derecho de familia.
Problemas en la sexualidad o en la intimidad de la pareja, recargo de responsabilidades en la atención del hogar o de los hijos, desinterés en la pareja y adulterio, violencia intrafamiliar, costumbres distintas, mala comunicación, diferencias serias en la forma de educar a los hijos fueron las causas más comunes citadas por los especialistas.
En lo que sí coincidieron es en que, si bien el factor económico no suele ser la principal razón para divorciarse, sí es el que complica el proceso de separación, tanto en la división de los bienes gananciales, como en el establecimiento del monto de la pensión alimentaria.
“A pesar de los cambios de paradigmas, es generalmente el hombre quién maneja la situación de los bienes por lo que la división del 50% del valor neto entre los cónyuges, en muchas ocasiones, desmerece el patrimonio”, dijo Alejandra Grandoso, quien además considera que “es difícil de cumplir la legislación que indica debe mantenerse el status de vida en el tema de las pensiones alimentarias en Costa Rica”.
Para Mauricio Lara, abogado y consultor legal en planeamiento patrimonial de la empresa InterTax, el tema financiero es el que ocasiona atrasos considerables que llevan a que existan procesos que tomen más de cinco años en resolverse.
Además, considera que existen litigantes en procesos de divorcio que tienen la única finalidad de presionar al otro cónyuge a que llegue a un acuerdo de divorcio beneficioso para su cliente, “sin tomar en cuenta el daño que le causan a los demás integrantes de lo que en algún momento fue una familia”.
Prevenir. El mecanismo ideal para prevenir una situación de ese tipo sería que la pareja firmaran acuerdos prenupciales, que en Costa Rica se denomina capitulaciones matrimoniales.
Sin embargo, todos los especialistas coinciden en que es algo poco común en el país.
“Y es mucho menos común en las zonas rurales, siendo las mujeres las tendientes a rechazarlo por un temor respecto al éxito de la relación”, dijo Gustavo Rodríguez del Bufete Méndez & Asociados.
En Costa Rica el artículo 37 del Código de Familia establece que las capitulaciones matrimoniales pueden firmarse antes de celebrarse la boda o durante el matrimonio. Deben otorgarse en escritura pública ante un notario público e inscribirse en el Registro Público para efectos de darle publicidad registral al acuerdo y anotarse al margen de los bienes inscritos que tenga la pareja.
Así, si la pareja no quiere firmarlo antes de casarse, podría hacerlo después sin ningún problema.
Además, si lo firmara, dice el abogado Mario Rucavado, de Central Law Quirós Abogados, frente a una eventual separación, “se eliminaría uno de los dos mayores problemas que el tema económico genera”.
Lo que no deberían postergar la pareja es la conversación sobre el tema.
“La mala comunicación no permite que las parejas definan de previo su programa financiero, se ocultan ingresos, y es muy mal visto conversar del tema. Hablar sobre un convenio prenupcial puede estimular un mayor grado de confianza, se firme o no”, dijo Luis Enrique Moya del Bufete Pacheco, Odio & Alfaro.