Patrimonio nacional
Hallazgo de piezas arqueológicas en terrenos obliga a paralizar obras
Aunque muchas personas lo desconocen, encontrar una vasija precolombina en el terreno donde se construye una vivienda o un edificio, es más común de lo que se piensa. Uno de los casos más recientes que se ha dado a conocer ocurrió en el 2005, en Tibás, cuando fue encontrado un antiguo cementerio indígena en el lote donde se estaba construyendo el Pricesmart.
En ese, como en todos los casos de este tipo, la Ley 6703 de Patrimonio Nacional Arqueológico estableció que las obras debían paralizarse de forma temporal hasta que las autoridades rescataran las piezas.
Esta legislación, creada en 1982 por el gobierno, tiene el objetivo de garantizar la protección de todos los objetos arqueológicos del país.
Francisco Corrales, director del Museo Nacional de Costa Rica (MNCR), indicó que si el constructor descubre una pieza patrimonial debe detener las obras para evitar que sufran cualquier daño. No importa si se trata de construcciones públicas o privadas.
De lo contrario, la empresa o persona responsable de la obra puede ser sancionada con el pago de multas económicas o incluso con pasar varios años en prisión.
La legislación nacional indica que todas las piezas arqueológicas que se encuentren en Costa Rica son propiedad del Estado. Además indica que el Museo Nacional es el único ente responsable de custodiar y resguardar los objetos.
Investigación previa. Para garantizar que las piezas patrimoniales no se destruyan durante las excavaciones, la ley dice que los constructores deben presentar una evaluación arqueológica del terreno antes de iniciar las obras.
El estudio forma parte de los trámites que la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) le solicita a todos los proyectos inmobiliarios que superen los 1.000 metros cuadrados (m²) de construcción.
“Se debe efectuar una inspección rápida para determinar si en el terreno existe evidencia arqueológica. Para realizarla, la superficie del lote no debe tener cubierta vegetal, pero tampoco se recomienda que los movimiento de tierra hayan iniciado”, explicó Myrna Rojas, jefa del departamento de Antropología e Historia del MNCR.
La evaluación será ser realizada por arqueólogos acreditados por la Comisión Arqueológica Nacional (CAN) y por la Setena.
Si la inspección es positiva y se determina que hay evidencia, el siguiente paso será realizar una evaluación más exhaustiva, la cual supervisada por el Museo Nacional.
Corrales explicó que también puede suceder que la inspección preliminar no aporte ningún rasgo de evidencia, pero que al realizar los movimientos de obras se detecten piezas arqueológicas.
“En estos casos los trabajos se tienen que paralizar para proteger el hallazgo. Luego, el Museo Nacional tendrá quince días hábiles para establecer las acciones que seguirán para resguardar los objetos”, añadió.
Si la persona o empresa constructora no acata la reglamentación existente puede ser sancionada con el pago de una multa o con varios años de prisión.
Sin supervisión. El panorama cambia en las edificaciones de bajo impacto ambiental, es decir en aquellas viviendas que no superan los 1.000 m² de construcción.
En estos casos, Setena no solicita como parte sus trámites que se realice una evaluación preliminar sobre la existencia de materiales arqueológicos en el terreno.
Corrales indicó que si al construir una vivienda pequeña se encuentra alguna pieza precolombina la ley establece que la obra se tendrá que detener lo antes posible para evitar que se dañen.
Luego se deberá alertar a las autoridades del Museo Nacional, al teléfono 2291-3468, para que inicien los trámites para el rescate de los objetos arqueológicos.
FOTOS

En el 2005 antes de iniciar la construcción del supermercado Pricesmart en Tibás, se descubrió un cementerio indígena en dicho terreno. Archivo
Patrimonio bajo resguardo
El Estado estipuló una serie de sanciones para quienes no cumplan con la Ley de Patrimonio Nacional Arqueológico. Trabajos sin permiso: Quienes realicen trabajos arqueológicos sin permiso de la Comisión Arqueológica Nacional (CAN) serán sancionados con una pena de uno a tres años en prisión.No dar aviso: La ley establece que toda persona que encuentre un objeto arqueológico debe darle aviso a las autoridades del hallazgo. En caso de no hacerlo podría recibir una pena de 3 a 5 años de cárcel y deberá pagar una multa de ¢10.000 a ¢20.000.Tenencia ilícita: Quienes se apoderen de un objeto arqueológico pueden ser castigados con una pena de uno a seis años de prisión.Daños: La legislación estipula que quien deteriore o destruya un monumento arqueológico podrá ser condenado con una pena de 2 a 5 años de cárcel. Y si es un objeto el que se deteriora el responsable deberá pagar de ¢5.000 a ¢40.000.Traslado de objetos: La ley prohibe el sacar objetos precolombinos fuera del país, quienes lo hicieran podrían recibir una pena de 1 a 4 años en prisión.Fuente: Ley 6703 Patrimonio Nacional Arqueológico![]() |
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