Llama poderosamente la atención cómo recientemente el Registro de la Propiedad, en su página de Internet, exige que los usuarios se registren y llenen un formulario en línea con su nombre y apellidos, número celular, otro número telefónico y un correo electrónico. Luego deben indicar que están de acuerdo con los términos y condiciones de uso del servicio público.
Si el usuario no completa todo el formulario correctamente con los datos personales requeridos, el sistema automáticamente le deniega la posibilidad de continuar y, por supuesto, acceder a la información pública, la cual, hasta donde tengo entendido, no es secreto de Estado, por lo que todas las personas, sin discriminación alguna, deben tener acceso sin trabas.
Cualquiera podría pensar que la discusión sobre estos requisitos virtuales es banal, pero, a mi juicio, no lo es, porque los artículos 30 y 33 de la Carta Política garantizan el libre acceso a la información sin discriminación alguna, y el Registro de la Propiedad no debe limitar ese derecho imponiendo o presuponiendo que todas las personas tienen un número de teléfono celular y otro fijo o que necesariamente deben tener un correo electrónico para poder tener una información pública.
Si, por ejemplo, se revisan las páginas virtuales del TSE, de la Asamblea Legislativa, Procuraduría y Sala IV, ninguna impone requisitos personales para poder ver la información pública; por el contrario, la tendencia es que la ciudadanía puede informarse sin mayores requerimientos.
Discriminación a menores. Algo que causa escalofríos es que, dentro de los términos y condiciones de la página en cuestión, se indica que únicamente mayores de 18 años pueden utilizar dicho servicio, discriminando a los menores de edad sin fundamento alguno.
Con la ratificación de la Convención de los Derechos del Niño por parte de nuestro país, se legitiman los derechos de los menores, al punto que la Sala IV admite que acudan a su jurisdicción para que se tutelen sus derechos fundamentales, como recientemente sucedió con el menor de Golfito que ganó un amparo para tener acceso a Internet, según publicó este diario el 8 de noviembre en la página 10 A.
Creo firmemente que el Estado debe progresar en el reconocimiento de los derechos humanos y no retroceder y limitarlos con requisitos formalistas e inconstitucionales.