San José (Redacción). En julio de 2004 cayó por primera vez sobre el país el peso de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Se trata del conocido caso del periodista Mauricio Herrera Ulloa cuyo fallo fue emitido en julio, pero notificada en agosto de aquel año.
De acuerdo con la sentencia, el país violentó la libertad de expresión del comunicador al exigirle demostrar la veracidad de hechos publicados por diarios europeos y que él reprodujo. Dichas informaciones, que datan de 1995, se relacionaban con supuestas actuaciones del embajador de Costa Rica, Félix Przedborski.
Por ese hecho, Herrera había sido condenado por el delito de difamación, fallo que se ordenó dejar sin efecto.
“El efecto de esta exigencia resultante de la sentencia (de tribunales nacionales) conlleva una restricción incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana, toda vez que produce un efecto disuasivo, atemorizador e inhibidor sobre todos los que ejercen la profesión de periodista, lo que, a su vez, impide el debate público sobre temas de interés de la sociedad”, concluyeron los siete jueces de la Corte Interamericana.
Ese tribunal internacional, además condenó al sistema judicial por violentar el derecho de todo ciudadano a que un juez superior revise integralmente un fallo en su contra.
Fue para dar cumplimeinto al fallo de la Corte, que se crearon los tribunales de apelación penal, que comenzaron a funcionar hace un año.