Escribí aquí mismo (“Incongruencias”, 6/10) sobre el nuevo proyecto de ley de empleo público del Gobierno en el sentido de cuán frecuentemente se diseñan nuevos esquemas o pautas técnicamente loables, pero sociopolíticamente ingenuas o inviables al no confrontarse los vicios estructurales que nos impiden actuar, como lo hacen, con pautas semejantes, las naciones desarrolladas.
Luis Mesalles (LaNación, Letras de cambio, 10/11/2012) argumenta que arreglando el problema de la “evaluación” de los empleados públicos con una “nueva Ley”, se resolvería el problema de mala “gestión pública” del país. En particular, creo que así no se le llegará al fondo del asunto, pues podrá eventualmente –quizás en diez años– reducirse el gasto público producto de nuevas contrataciones, pero sin mejorarse en absoluto su desempeño e impacto en el desarrollo nacional, ya que dicha “gestión pública” seguirá tan errática y desarticulada si no se le confronta integralmente, como hemos argumentado por décadas (léanse el buen artículo de Ottón Solís aquí mismo, el 14/11). Veamos otras dos situaciones que desnudan la típica cultura política acomodaticia y errática que nos subyuga.
Un artículo del 11/9 en este mismo periódico promoviendo “el borrador de la Política Nacional de Ordenamiento Territorial” del Mivah, me motivó a buscar y analizar las 64 páginas del documento. Digo, con desconsuelo, que encontré las mismas debilidades teórico-conceptuales, jurídicas y administrativas que caracterizan a tantos especialistas en cuanto a la díscola cultura política imperante aquí y la naturaleza real de los procesos de dirección y planificación del desarrollo del país, según se dan en flagrante contraposición al deber ser enunciado en el conjunto del rico régimen de derecho que todos, inclusive tecnócratas, están obligados a conocer y aplicar.
Muy lamentable: dicho “borrador” nunca recupera o reivindica la Ley Orgánica del Ambiente en toda su riqueza normativa/conceptual y resolutiva, sino que parte de declaraciones, convenciones y pronunciamientos internacionales que carecen de la claridad conceptual e integral de dicha LOA y que no contemplan la noción o “principio” que más debía interesarnos a los ticos por su potencial impacto en nuestra forma errática de ver y hacer procesos, políticas y programas gubernativos: la noción de “dirección”.
En su lugar, se invoca un oscuro “principio de coordinación” que no conduce a nada, menos en un país donde la cultura política histórica privilegia los individualismos disciplinarios y laborales de personas e instituciones. ¿Resultado? El país seguirá sin encontrar su rumbo, con análisis oficiales riquísimos en datos científicos, estadísticos y comparaciones internacionales que con frecuencia ni los “muy especialistas” entienden –a juzgar por sus frecuentes desacuerdos– y que tampoco arrojan luz sobre cuál o cuáles son las verdaderas causas sociopolíticas de tanta desventura nacional en este y otros campos, y cuáles las soluciones integrales y viables.
Lo más grave: se sustrae del ministro rector de Ambiente para ponerla en manos de Vivienda, la materia de “ordenamiento territorial”, eje vertebral de “ambiente” según la LOA y de mucha mayor jerarquía temática y operativa que vivienda y asentamientos humanos.
Segunda incongruencia. Otra: un nuevo Decreto que asigna a Mideplán como tal la “rectoría en materia de empleo público”, denota la impericia e improvisación gubernativas en estos delicados temas. No parecen saber los abogados asesores de la Presidencia o de Mideplán que la noción de rectoría en Costa Rica está asociada a la competencia de “ordenar la actividad, no los actos, de los entes, imponiéndoles metas y tipos de medios” (LGAP, art. 99) mediante directrices, y que la misma es exclusiva del órgano llamado Poder Ejecutivo, o sea presidente y ministro del ramo o sector; no de una Cartera.
Se trata de una extraordinaria noción que personifica en estos dos “actores” la responsabilidad política por “la gestión pública” en su total conjunto y por sectores de actividad, aunque los mismos legisladores la han festinado una y otra vez creando “consejos” rectores en un sinnúmero de campos, lo cual –¡oh, maldita maña tica!– contribuye más bien a despersonalizar esa “responsabilidad política” tan necesaria para generar una mayor transparencia y eficacia en régimen democrático.
Además, la noción de sector nació aquí desde 1975/76 en una concepción sociopolítica, formalizada en diversos documentos oficiales de la entonces Ofiplán, anclada en los derechos constitucionales del habitante, como educación, salud, ambiente, trabajo y seguridad social, vivienda, etc.; o sea, es una noción que buscó integrar entes, programas y actividades que convergen hacia la satisfacción integral de esos derechos, en cada campo de actividad asociado a éstos.
No puede haber un “sector de empleo público”, menos uno de “coordinación interinstitucional” como en el gobierno pasado; menos, uno de “proveeduría” o de “auditoría” (por si a alguien se le ocurriera), ya que estos son sistemas transversales de “apoyo administrativo”, no sujetos a dirección gubernativa propiamente sino en un nivel muy global e impreciso. En el caso de la planificación, hay un esplendoroso aunque inoperante Sistema Nacional desde 1974 para apoyar al presidente de turno en el ejercicio de esa potestad superior de dirección.
Por otro lado, por ese decreto se quita a la Autoridad Presupuestaria una competencia regulatoria (sobre “plazas”) asignada por ley y se pone a Mideplán a ejercer “rectoría” en el ámbito de la autonomía administrativa constitucionalmente garantizada de los entes descentralizados, lo cual le consumirá la poca energía tecnocrática y capital político disponibles para acometer lo que debía ser el trascendental esfuerzo de planificación concertadora y participativa del desarrollo nacional, que sigue sin despegar. “Intuyo” que este ministerio seguirá hasta el final de este Gobierno, para desgracia de Costa Rica, haciéndolo todo mal.
Nuestros presidentes recurrentemente justifican cosas absurdas, ilegítimas e irreverentes –como en este caso preciso del empleo público– en la excelente y clara ley de planificación nacional 5525 de 1974, la cual no da para tanto en materia de “modernización administrativa” como lo asume el decreto referido. Pero así somos en Tiquicia, sin que nadie con autoridad se conmueva e impida tanto desatino en “cositas” como estas. Tener como estrategia de vida el dar palos de ciego en todo campo, no ayudará para nada a encontrar el rumbo correcto –prístinamente delineado en la Constitución Política– en este “país más feliz del mundo”.