La discordia entre los jerarcas de la Sugef, el Banco Central y el Conassif no es trivial ni pasajera. Emana de un contexto institucional más serio y complejo donde hay muchos intereses que han querido minimizar.
El superintendente general de Entidades Financieras, Francisco Lay, renunció por divergencias con el Central y Conassif. Más concretamente, por la intromisión en aspectos atinentes al manejo de la Sugef. Yo le pregunto: ¿Por qué no se sacudió legalmente si es un órgano de desconcentración máximo? Y yo mismo me apresuro a responder: porque su autonomía está muy limitada y constreñida por la ley.
Hagamos un poco de historia. La Sugef nació con un alto grado de autonomía según el Art. 115 de la LOBC, como en otras naciones. El Art. 119 le daba amplias potestades para “velar por la estabilidad, solidez y eficiente funcionamiento del Sistema Financiero”, y agregó que “las normas generales y directrices dictadas por la Superintendencia serán de observancia obligatoria”. Todo iba muy bien. Pero hubo un superintendente que tomó las cosas en serio, apretó clavijas, y, claro, disgustó a la banca privada que tenía mucho peso a la sazón. Y echaron sus influencias a rodar.
En 1997, curiosamente, la Asamblea Legislativa reformó la Ley Reguladora del Mercado de Valores (No 7732) para incluir un capítulo totalmente ajeno a la materia y crear el Conassif. El Art. 169 dispuso que todas las superintendencias “funcionarán bajo la dirección de un órgano denominado Conassif (en corto)” y dispuso que su designación estaría totalmente bajo el control de la junta directiva del Banco Central. Ahí cercenaron su autonomía. Pero fueron más allá.
El Art. 171 le confirió al Conassif amplios poderes para pisar lo que otrora fue terreno exclusivo de las superintendencias (pisadas quedaron). El inciso a) lo autoriza a nombrar y remover los superintendentes; el b), a emitir las normas de autorización, regulación, supervi- sión, fiscalización y vigilancia; f), aprobar la constitución, traspaso y funcionamiento de los grupos financieros (las lucrativas offshores); g), resolver en apelación los recursos interpuestos contra ellas. Lo más duro es que lo autoriza a aprobar sus presupuestos. Ahí las prendieron de la yugular.
Un detalle adicional: las entidades reguladoras del sistema financiero (casi) siempre han estado dirigidas por un grupo de economistas y consejeros financieros afín a la banca privada. Es de conocimiento público. Para evitar conflictos similares al actual, y garantizar la autonomía funcional y económica de las superintendencias, se debe reformar la ley. Solo así se preservará el interés público.