San José (Redacción). De ahora en adelante, el Obispo de Cartago, José Francisco Ulloa, deberá evitar el contenido político en sus homilías.
Así lo determinó el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) al declarar con lugar un recurso de amparo electoral contra Ulloa, según la decisión dada a conocer esta mañana.
Los hechos que originaron la gestión ocurrieron el 6 de setiembre de 2009, cuando Ulloa pronunció una homilía donde llamó a los presentes a no votar por candidatos que se opusieran a principios católicos. Para entonces, estaba en debate el tema de si el Estado debería ser o no confesional.
Por esa razón, tres ciudadanos interpusieron el recurso de amparo electoral.
“Se ordena al recurrido que, en lo sucesivo, deberá abstenerse de hacer llamados a no votar por candidatos o candidatas que, a su juicio, no compartan los valores de la fe católica. Se condena al recurrido al pago de las costas, daños y perjuicios causados”, señala la resolución 3281-E1-2010 del TSE.
Los daños y perjuicios deberán liquidarse en los tribunales Contencioso Administrativos.
Esta es la primera vez que un religioso es condenado por la vía del amparo electoral.