El Alto Tribunal resolvió así un recurso de amparo presentado por el PANI en relación al asesinato de un joven, el pasado 18 de julio, en el Colegio Técnico de Orotina.
Marielos Hernández, presidenta del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), presentó la acción constitucional principalmente para reclamar la publicación, en la portada de Extra el 19 de julio, de la foto del joven asesinado. Sin embargo, la Sala no se refirió al respecto.
En el por tanto de la sentencia, que se emitió hoy al mediodía, solo se menciona que se da a lugar el recurso de amparo en cuanto a la publicación del nombre completo del supuesto victimario, quien también era menor de edad en el momento que ocurrieron los hechos.
La ley impide que los medios de comunicación publiquen el nombre de personas menores de edad implicadas en delitos.
Por lo cual los magistrados establecieron que “se le ordena a Iary Gómez Quesada, en su condición de Gerente con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la Sociedad Periodística Extra Limitada, abstenerse de incurrir en la conducta que dio mérito para estimar parcialmente el presente amparo”. Esto en relación a la publicación del menor sospechoso.
Cuando se presentó la denuncia, Diario Extra había alegado que el sospechoso del asesinato ya era mayor de edad al momento en que se hace la publicación de la noticia.