La Sala Constitucional se está convirtiendo en un peligro' para sí misma. Es una pena, porque con ella la Constitución cobró vida, las libertades públicas se expandieron y los derechos fundamentales alcanzaron plenitud. La Sala es una conquista, un tesoro depreciado por imprudencia, protagonismo y mala calidad de las decisiones.
Los enemigos de la jurisdicción constitucional acechan y la Sala corre, alegre, en pos de la emboscada. Establece la censura previa, admite el error, rectifica. Nadie sabe cómo pudo ocurrir semejante yerro. Se salta todas las barreras, invade el poder constituyente, ordena al Congreso reformar la Carta Magna y le dice cómo. Se sitúa, entonces, por encima de la Constitución misma.
Microadministra, ordena a la Seguridad Social dispensar recetas sin considerar el impacto sobre las políticas generales de salud. Sustituye, pues, a la administración pública. Legisla sobre salarios, incorporando a la remuneración regular las propinas de los saloneros. Arriesga crear desempleo en un momento de crisis. No mira el impacto económico de sus decisiones ni le interesa la falta de armonía de la sentencia con el resto de la legislación laboral.
La Sala está desbocada. Para frenarla surge la tentación de la reforma legislativa y con ella un grave peligro para la jurisdicción constitucional. No todos los críticos tienen buenos propósitos. Hay fuerzas regresivas, nostálgicas del gran espacio de maniobra que un día disfrutaron, desembarazadas de las limitaciones democráticas impuestas por el texto fundamental. La reforma impulsada por esas fuerzas no se limitará a reorganizar la función jurisdiccional para bajar el circulante y acrecentar la capacidad de respuesta. Irá a modificar las competencias, recortándolas con los errores de la Sala como excusa.
Es preciso rectificar, porque hay razones para temer a los remedios impuestos desde fuera. El problema es de filosofía judicial. La Sala existe para armonizar el derecho con la Constitución, no para crearlo. El país confió a la jurisdicción constitucional una enorme cuota de poder y los magistrados deben corresponderle con autocontención y mesura.
La Asamblea Legislativa puede contribuir sin aventurarse por el sendero de la reforma. En sus manos están los nombramientos y ratificaciones de los magistrados. Los primeros deben ser cuidadosos, las segundas deben dejar de ser automáticas. Son oportunidades de equilibrio y control dadas al Congreso por el diseño constitucional. Hay que aprovecharlas para asegurar la idoneidad de los jueces, ver si captan el papel de la jurisdicción constitucional y repasar su desempeño.