Los exdiputados Federico Malavassi y Rodrigo Alberto Carazo (2002-2006) pelean en la Sala IV para que se le permita a la ciudadanía tener injerencia en una reforma parcial a la Constitución Política, por medio de un referendo.
Los abogados presentaron una acción de inconstitucionalidad que la Sala acogió para estudio, luego de que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) denegara el proceso de recolección de firmas que daría paso a la consulta popular.
Tanto Malavassi como Carazo buscan la modificación de 16 artículos de la Carta Magna por medio de ocho preguntas que se plantearían a la población.
El TSE se basó en el artículo 195 de la propia Constitución, que indica que el único camino para hacerle reformas a la Carta Fundamental es mediante un proyecto presentado por, al menos, diez diputados.
“Es condición indispensable que el proyecto de reforma constitucional haya sido aprobado en primera legislatura por la Asamblea Legislativa”, dijo el tribunal.
Malavassi considera que esta interpretación es contraria al artículo 105 de la misma Carta Magna, el cual dice que “el pueblo también podrá ejercer esta potestad mediante el referéndum, para aprobar, derogar leyes y reformas parciales de la Constitución, cuando lo convoque al menos el 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral”.
¿Código inconstitucional? La Sala IV acogió para estudio la acción de Malavassi y Carazo, quienes buscan que se declare inconstitucional el procedimiento de aprobación del Código Electoral vigente.
La iniciativa de ley, que se aprobó en 2009, comenzó su trámite legislativo el 8 de febrero de 2001, por lo que el plazo para votarlo vencía el 8 de febrero de 2005.
Según los exlegisladores, el 1.º de diciembre del 2004 fue presentada una moción para mantener con vida el proyecto, pero dicha moción no fue aprobada sino hasta el 2 de junio del 2005.