La reforma a la ley de tránsito incluirá una rebaja de ¢188.000 en la multa para quienes conduzcan borrachos.
En la actualidad, la sanción por circular con una cantidad de alcohol que oscile entre 0,5 gramos y 0,75 gramos de alcohol por litro de sangre es de ¢468.517.
Si los diputados logran votar la reforma hoy o la próxima semana, la sanción disminuirá un 40% y quedará en ¢280.000. Este monto ya incluye el 30% de impuestos en favor del Patronato Nacional de la Infancia (PANI).
La multa por conducir borracho es una de las pocas sanciones de la actual ley de tránsito que no han sido declaradas desproporcionadas o irracionales por la Sala Constitucional.
Manejar bajo los efectos del alcohol es la quinta causa de los accidentes de tránsito, por debajo del exceso de velocidad, las imprudencias de peatones y conductores y la invasión del carril contrario.
Cuando el consumo de alcohol sobrepasa los 0,75 gramos por litro de sangre, se califica como una conducta temeraria penal, la cual se sanciona con penas de uno a tres años de cárcel.
Silvia Bolaños, directora del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), aseguró ayer estar satisfecha en términos generales con el contenido de la reforma, pues mantiene multas altas para las conductas que ponen en riesgo la seguridad y la vida de las personas.
Dentro de estas conductas se incluye el consumo de alcohol, la velocidad temeraria, el no uso de dispositivos de retención para menores (sillas), la no portación del casco y no utilizar el cinturón de seguridad.
Los ¢280.000 de multa por conducir ebrio corresponden a la sanción más alta de toda la ley. Le siguen montos inferiores que oscilan entre ¢189.000 (por irrespetar la luz roja del semáforo) y ¢20.000 (por violar la restricción vehicular).
Velocidad escalonada. Además de la rebaja en la sanción por alcohol, la reforma a la ley de tránsito también busca modificar la forma en la que se sancionará a quienes excedan los límites de velocidad.
Hasta el 2008, la ley imponía una sanción de ¢351.389 a quien excediera en 20 kilómetros o más los límites de velocidad. El monto de la multa era el mismo, sin importar si el exceso era de 10, 20 o 30 kilómetros por hora (km/h).
El 11 de enero, la Sala IV declaró la multa inconstitucional y desde entonces se aplica una sanción de ¢5.000 por exceso de velocidad.
Con la actual reforma, la sanción por irrespetar los límites será escalonada. Por ejemplo, quien circule 20 km/h por encima del límite será multado con ¢47.000. Si el exceso es de 30 km/h, la multa será de ¢94.000 y 40 km/h, de ¢189.000.
Así lo explicó Natalia Córdoba, asesora de la diputada Viviana Martín, presidenta de la comisión especial de tránsito del Congreso.
Las multas se ajustarán cada año con base en la variación del índice de precios al consumidor entre julio y junio del año siguiente.
Eso sí, los ajustes empezarán a regir hasta el siguiente enero.
La legisladora Martín se manifestó anoche confiada en que podrán votar la ley la próxima semana. “Hay un acuerdo entre jefes de fracción, Víctor Emilio Granados (Accesibilidad Sin Exclusión), Manrique Oviedo (Acción Ciudadana), Danilo Cubero (Libertario) para presentar en el plenario una moción de posposición del plan fiscal, y así poner ley de tránsito en primer lugar”, dijo.