Los Juegos Panamericanos y del Caribe 2010 dejaron muchas enseñanzas. El martes 3 de agosto, en la sección deportiva de La Nación, se publicó que mientras Costa Rica invierte solamente $900.000 en sus atletas, El Salvador y Guatemala invirtieron $7,5 millones y $24 millones, respectivamente. Además, dos jugadoras de la selección de voleibol de nuestro país que laboraban para un centro de llamadas fueron despedidas.
El Gobierno debe definir si quiere la cultura del deporte en la sociedad costarricense y si quiere que Costa Rica sea observada en el mundo como un país con atletas reconocidos en diversas disciplinas deportivas. Si la respuesta es sí, pues tendrá que hacer muchos cambios, algunos de ellos en materia laboral.
Salvo los jugadores de futbol de la Primera División (asumo que todos) y algunos atletas de ciertas disciplinas deportivas, la mayoría de deportistas en nuestro país no pueden ocuparse exclusivamente a su actividad deportiva, porque el pago de sus clubes o patrocinadores no es suficiente para dedicarse por completo a entrenar y competir. Muchos de ellos deben combinar la actividad deportiva con el trabajo.
Mientras esto no cambie, debemos analizar la protección otorgada a los atletas–trabajadores, que representan a nuestro país en justas internacionales.
Normas inexistentes. Desafortunadamente, no hay normas en materia laboral para incentivar o al menos proteger a nuestros atletas. La única norma existente es el artículo 37 de la Ley del Deporte, número 7800, que se limita a establecer la obligación de las instituciones públicas y empresas del Estado de otorgar permisos a los atletas que representen al país en actividades deportivas, sin que tales permisos afecten la continuidad de la relación de trabajo. Sin embargo, la norma es confusa porque no aclara si el permiso es con goce de salario. También es insuficiente, porque únicamente regula los permisos para los deportistas cuyo patrono es un ente público, no así cuando se trata de un patrono privado, como sucede en la mayoría de los casos.
Nuestro Código de Trabajo no contiene un capítulo para regular las denominadas licencias, como sucede en otras legislaciones. Para el caso que nos ocupa, un artículo en el Código de Trabajo que establezca la obligación del patrono de otorgar permiso sin goce de salario cuando se trate de deportistas que representen al país, parece ser una norma mínima y razonable. El pago de esos días de permiso debe ser cancelado por el Gobierno, al fin de cuentas, una buena representación internacional expone al país en una vitrina preferente. Sin duda alguna, la nueva Ministra del Deporte tendrá muchas tareas, pero ojalá esta reforma esté en su lista de pendientes. Es una protección necesaria para nuestros atletas; de lo contrario, cómo pretender contar con deportistas del más alto nivel si el hecho de asistir como parte de la representación oficial puede costarles hasta el trabajo.
mdurante@bdsasesores.com