El artículo 88 de la Constitución Política de Costa Rica establece que la Asamblea Legislativa deberá oír previamente a los consejos universitarios (o a los órganos directores correspondientes) de las universidades públicas en los proyectos de ley relativos a las materias puestas bajo la competencia de tales instituciones.
Basado en lo anterior, el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR), luego de considerar que lo estipulado en el artículo 88 “es una responsabilidad que se cumple y no está evidenciada entre' [sus] funciones”, acordó en el 2011 introducir un inciso adicional (el u ) en el artículo 30 del Estatuto Orgánico de esa casa de enseñanza superior. Actualmente en consulta a la comunidad universitaria, el inciso u plantea que será función del Consejo:
“Emitir el criterio institucional sobre los proyectos de ley que se tramitan en la Asamblea Legislativa, según el mandato constitucional. Facultativamente, el Consejo Universitario podrá pronunciarse sobre aquellos proyectos de relevancia nacional, aun cuando no se refieran a la materia universitaria”. Puesto que la definición de qué es un proyecto de “relevancia nacional” queda a discreción del Consejo, en términos prácticos el inciso u faculta a este órgano para pronunciarse sobre cualquier proyecto de ley que tramite la Asamblea Legislativa. Con respecto a esta iniciativa del Consejo, lo primero que cabe destacar es que un órgano que ha necesitado de casi todo el alfabeto para definir sus funciones se valga de un mandato constitucional para expandir a tal grado el ámbito de sus competencias que se convertiría en un actor más de la política nacional.
En segundo término, una ampliación como la indicada parece innecesaria en una institución que, por su misma naturaleza, se pronuncia constante y sistemáticamente acerca de los proyectos de “relevancia nacional” mediante sus especialistas, sus medios de comunicación, sus asambleas de profesores, sus asociaciones de estudiantes y su sindicato.
Finalmente, de ser aprobado el inciso u en su forma actual, el Consejo Universitario de la UCR crearía un fuerte incentivo institucional para que sus miembros concentren sus esfuerzos y talentos (y los recursos universitarios correspondientes) en el debate de esos proyectos de “relevancia nacional”, con el riesgo de que las funciones definidas entre los incisos a y t queden, cada vez más, dentro de un segundo plano.