Tal omisión tiene graves consecuencias de la más variada índole debido a que el ordenamiento del territorio posee implicaciones sobre el uso de los recursos naturales en diversos sectores. La determinación de los usos del suelo, tienen impactos sobre otras áreas, tales como la contaminación y sobreexplotación de recursos hídricos –subterráneos y superficiales–; la contaminación por químicos agrícolas y la vulnerabilidad, cuyas secuelas sobre la calidad de vida y la economía del país son cada vez más evidentes y preocupantes. Adicionalmente, debe considerarse que el ordenamiento del territorio incluye el espacio marino, ámbito en el cual las medidas tomadas tampoco han sido suficientes y son más recientes.
El controvertido proceso para aprobar un nuevo plan de ordenamiento en la Gran Área Metropolitana (ahora llamado Protgam); las tres declaratorias de inconstitucionalidad de la “apertura del anillo de contención de la GAM” y de un decreto de planificación preparado para la región Chorotega; las omisiones y debilidades en el cumplimiento y aplicación de la normativa vigente (basta indicar que el irrespeto al área de contención urbana creada por el decreto de la GAM en 1982 se estima alcanza 102 kilómetros cuadrados); las dificultades para aprobar planes reguladores costeros y cantonales integrales, pese a que se registran avances en su elaboración y en la inte- gración de la variable ambiental en ellos, son ejemplos que ilustran las carencias en esta temática.
A lo anterior se debe adicionar, tal y como lo consigna el informe –lo cual se encuentra además en las exposiciones de motivos y estudios que justificaron proyectos de ley en esta materia presentados desde hace muchos años– la existencia de una cantidad importante de instituciones (más de 30) con competencia en el ordenamiento del territorio y múltiples normas generadas en momentos distintos, las cuales en ocasiones fueron dictadas sin considerar las vigentes ni las consecuencias legales que dichas disposiciones tendrían en ciertos sectores o actividades.
Si bien es cierto que la regulación por parte de diversas instituciones de un mismo recurso natural es inevitable, e incluso deseable, el principal inconveniente radica en la ausencia o débil coordinación institucional; coordinación que, de paso, constituye otro de los grandes desafíos de política pública, pese a los numerosos votos de la Sala Constitucional que obligan a la adecuada coordinación ambiental.
Un diagnóstico de esta naturaleza debería convertir a esta problemática en una prioridad –real y no solo en el papel–, aunque parece que aún no logramos posicionar verdaderamente en el actuar de las instituciones la necesidad de hacer frente a este insoslayable reto. Paradójicamente, aunque distintas iniciativas trabajan en la elaboración de instrumentos de planificación (regionales, cantonales y costeros), no se cuenta con un política nacional oficializada de ordenamiento territorial, pese a que el Plan Nacional de Desarrollo actual identifica este aspecto como una acción urgente.
Mientras no se generen procesos adecuados de ordenamiento del territorio, tendremos que conformarnos con la creación de trámites, autorizaciones y controles caso por caso, cuya eficacia y resultados han sido, en no pocas situaciones, limitados e insatisfactorios.