Figura cercana al mandatario encabezará el Legislativo un año más

Cabello es reelegido y promete que Chávez seguirá en el poder

Exmilitar reafirmó que fecha de juramentación es prorrogable

También se dirigió a la oposición, a la que acusó de buscar un ‘golpe de Estado’

Calificación:          

12:00 a.m. 06/01/2013

Caracas. AP y AFP. El presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, Diosdado Cabello, fue ratificado ayer como jefe del Legislativo en un acto en el que prometió que el presidente Hugo Chávez seguirá siendo el jefe de Estado más allá del 10 de enero aunque no pueda cumplir con la asunción presidencial en esa fecha.

Imagenes/Fotos

Audios

Juristas piden a corte definir quién debe asumir el poder
Play

Ver fotos

Escuche los audios asociados

La ratificación de Cabello despejó las dudas sobre posibles cambios políticos en medio de la crisis que enfrenta el país por las complicaciones de salud que padece el mandatario Chávez por la reaparición del cáncer.

Cabello recordó que la Asamblea, dominada por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), otorgó un permiso para ausentarse a Chávez, hospitalizado desde el 11 de diciembre en Cuba, y que este estará vigente hasta que “regrese una vez curado”.

El mandatario, de 58 años, está aquejado de una “insuficiencia respiratoria” derivada de una “severa infección pulmonar”, tras haber sido operado de un cáncer.

Sigue la discusión. El Gobierno sostiene que la juramentación de Chávez , prevista por la Constitución para el 10 de enero ante la Asamblea, es un mero “formalismo”, y que el texto prevé que, en caso de imposibilidad, pueda hacerlo ante el Tribunal Supremo de Justicia, sin fijar fecha.

El vicepresidente Nicolás Maduro precisó ayer que él también seguirá en funciones más allá de esa fecha, aunque el mandatario no pueda tomar posesión.

La coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática sostiene por su lado que el 10 de enero termina el mandato de Chávez y, si no asume la presidencia en esa fecha, debe declararse la “falta temporaria” del jefe de Estado y el presidente del Parlamento debe asumir temporalmente la jefatura de Estado.

Sin embargo, esa posición no es unánime y el dirigente y diputado opositor Julio Borges afirmó que “no está en duda” que Chávez siga ejerciendo más allá del día 10, pero insistió en que el gabinete debe cesar en sus funciones.

“Nuestro punto es que el vicepresidente no puede seguir en funciones porque ya sería del gobierno anterior”, señaló Borges.

Ataques a la oposición. Al ser reelegido a la cabeza de la Asamblea Nacional, Cabello acusó a la oposición de buscar un “golpe de Estado” para sacar a Chávez del poder.

“Jamás defraudaremos al pueblo y estaremos rodilla en tierra a defender la propuesta hecha por el comandante Chávez , lo juro”, dijo Cabello, la figura más influyente del chavismo después del propio mandatario y de Maduro.

Este exteniente de 49 años, que participó en la intentona golpista fallida de Chávez en 1992, también fue presidente interino en el 2002 en el golpe de Estado que sacó temporalmente del poder a Chávez.

Por su parte, el líder opositor y gobernador de Miranda, Henrique Capriles, dijo que vio “odio y soberbia” durante la elección de la directiva”. “Cuanta soberbia y odio se percibe en algunos en esa Asamblea Nacional; el poder es efímero” y “la soberbia no es grandeza sino hinchazón y lo que está hinchado parece grande, pero no está sano”, escribió Capriles en un tuiter.

Además de Cabello, se eligieron los dos vicepresidentes y otros dos secretarios, todos ellos del PSUV. La oposición criticó la falta de “pluralidad” de la directiva, que fue nombrada por un año.

El Gobierno llamó a sus partidarios a manifestarse frente al parlamento para evitar, según Cabello, que la oposición utilizara la sesión para “conspirar contra el pueblo”.

Cientos de personas vestidas con las camisetas rojas del chavismo se concentraron en frente a la Asamblea, en el centro histórico de Caracas, para apoyar al presidente. “Nosotros no vamos a aceptar que la oposición vuelva al poder”, dijo Diana Blanco, mientras hacía cola para ingresar en el Parlamento.

compartir

     
  • Agregar Digg
  •  
  • Agregar Reddit
  •  
  • Agregar Furl
  •  
  • Agregar Facebook
  •  
  • Agregar Spurl
  •  
  • Agregar MySpace
  •  
  • Agregar Terchnorati
  •  
  • Agregar StumbleUpon
  •  
  • Agregar Google Bookmarks
  •  
  • Agregar Delicious
  •  
  • Agregar MyAOL
  •  
  • Agregar Slashdot
  •  
  • Agregar Live
  •  
  • Agregar Twitter

califique la nota

comentarios

Avatar

Nestor Mercado Mercado 21:16 6/1/2013

Concidero que reelegir a la minma junta directiva de la asamblea de Venezuela es lo mas viable , puesto que eso garantiza la continuidad de la revolucion Bolivariana y por ende la realizacion del sueño de Bolivard de una America Latina Unina encabezada por el comandante Chavez, de tal forma que ese liderazgo ,esa firmeza con que gobierna en favor de la clase desprotegida sea ejemplo a seguir por el resto de mandatarios del continente.

Avatar

j.guillermo mora chaves 09:43 6/1/2013

El principal probema aquí es que dos ignorantes interpretan la constitución a su modo, o sea, sin ningún asidero técnico. simplemente "a lo matón". Al final será el dado por Dios ( Diosdado) el que se quedará allí, hasta que desemboque en una revolución.

Opine sobre este artículo

¿Es usted miembro? Ingrese al sistema

O regístrese utilizando Facebook


No logueado ..

Solo necesita su usuario y contraseña de Facebook.

Correo electrónico:

Contraseña:

 

Olvidó la contraseña ?

Presione aquí para registrarse gratis en nacion.com si aún no lo ha hecho. / Este sitio requiere Cookies

Publicidad

Los artículos de la controversia

Artículo 231

El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia.

Artículo 233

Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato. Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional. Si la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva. En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente. Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período.

Artículo 234

Las faltas temporales del Presidente o Presidenta de la República serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva hasta por noventa días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa días más. Si una falta temporal se prolonga por más de noventa días consecutivos, la Asamblea Nacional decidirá por mayoría de sus integrantes si debe considerarse que hay falta absoluta. Fuente: Constitución Política de Venezuela

Publicidad

Publicidad