EDITORIAL

Conflicto en Honduras

La vulneración del principio de independencia de los jueces y el de separación de poderes no puede ser más obvia en la destitución de magistradosen Honduras.

Costa Rica y su tradición democrática no merecen estar en la lista de antecedentes de este tipo de conflictos, no importan las obvias diferencias entre los casos.

Calificación:          

12:00 a.m. 01/01/2013

El 12 de diciembre, en la madrugada, el Congreso Nacional de Honduras destituyó a cuatro de los cinco magistrados integrantes de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. La actuación legislativa tuvo como telón de fondo las críticas del presidente Porfirio Lobo a los fallos de los magistrados, en especial la declaratoria de inconstitucionalidad de las pruebas de confianza aplicadas para sanear la Policía Nacional.

Tras la polémica sentencia, el Congreso decidió iniciar una investigación de lo actuado. Finalizado el proceso, reprochó a los altos jueces haber fallado sobre el decreto de las pruebas de confianza dos días después de su vencimiento, el 25 de noviembre. El presidente del parlamento, Juan Hernández, aseguró que el fallo de los magistrados “es prácticamente una conspiración” y la destitución consiguió el apoyo de 97 de los 128 integrantes del poder legislativo.

El caso de las pruebas de confianza no marca el único enfrentamiento del presidente Lobo con la Sala de lo Constitucional. Otras actuaciones de los magistrados suscitaron sus críticas y la debilidad del fundamento de las destituciones sugiere la preexistencia de razones para un ajuste de cuentas.

La vulneración del principio de independencia de los jueces y el de separación de poderes no puede ser más obvia. Es poco el parecido con lo ocurrido en nuestro país hace semanas, cuando la Asamblea Legislativa decidió no reelegir al magistrado Fernando Cruz. Los acontecimientos de Honduras son mucho más graves y obvios. Se trata de una destitución masiva, claramente atribuida al contenido de una sentencia y no vinculada a la finalización del plazo de nombramiento de los destituidos.

La diferencia en el grado de gravedad de una y otra actuación, sin embargo, no impide reconocer la violación de los mismos principios. Los jueces no deben ser destituidos, ni su reelección debe ser denegada, por el mero contenido de sus fallos. Solo las razones de probidad y diligencia en el ejercicio del cargo pueden dar pie a la interrupción de los nombramientos. En otras circunstancias no hay posibilidad de independencia judicial y sin ella se debilita el Estado de Derecho y el gobierno democrático.

Lo dicho es especialmente cierto en el caso de las salas constitucionales, como lo reconoció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en sentencia del 31 de enero de 2001 (Magistrados del Tribunal Constitucional vs. Perú). Es “...necesario que se garantice la de cualquier juez en un Estado de Derecho y, en la del juez constitucional en razón de la naturaleza de asuntos sometidos a su conocimiento”, declaró el alto tribunal.

Los fallos de la Sala de lo Constitucional de El Salvador también le granjearon la antipatía de partidos políticos representados en el Congreso, lo cual desembocó, a mediados de año, en una grave crisis institucional. Los magistrados declararon la inconstitucionalidad de la elección de otros integrantes de la Corte Suprema de Justicia y el fallo les valió un fuerte enfrentamiento con el Ejecutivo y el Congreso, donde también hubo amenazas de destitución.

Ahora, en un manifiesto de solidaridad con sus colegas de Honduras, los magistrados salvadoreños hacen referencia a la reciente historia de su país, pero no dejan de mencionar lo ocurrido en Costa Rica con el magistrado Cruz.

Nuestra nación y su consolidada tradición democrática no merecen estar en la lista de antecedentes, no importa las obvias diferencias entre los casos citados. Por esa razón, entre muchas otras, nuestra Asamblea Legislativa debe ser particularmente escrupulosa en el futuro.

compartir

     
  • Agregar Digg
  •  
  • Agregar Reddit
  •  
  • Agregar Furl
  •  
  • Agregar Facebook
  •  
  • Agregar Spurl
  •  
  • Agregar MySpace
  •  
  • Agregar Terchnorati
  •  
  • Agregar StumbleUpon
  •  
  • Agregar Delicious
  •  
  • Agregar MyAOL
  •  
  • Agregar Slashdot
  •  
  • Agregar Live
  •  
  • Agregar Twitter

califique la nota

comentarios

Avatar

Felix Daniel Torres Quiles 16:19 3/1/2013

Comparto la misma Preocupacion. Como indique en mi comentario anterios. En Puerto Rico paso algo diferente pero viola el mismo principio, el de la Separacion de Poderes. Los Felicito por ese excelente analisis.

Avatar

Felix Daniel Torres Quiles 16:15 3/1/2013

Excelente Editorial. En Puerto Rico El Gobernador Perdió las elecciones el 5 de noviembre de 2012. El gobernador convoco a la Legislatura para nombra a 25 Jueces que habían perdido como Legisladores y otros puestos. El Gobernador y Legisladores de su Partido terminaban el 31 de diciembre de 2012. No sin antes Seleccionar a los Jueces del mismo partido. Todos los casos en cada país son diferentes pero todos debilitan la separación de Poderes a pesar que pueda haber cierta legalidad.

Avatar

Julio Escoto Córdova 21:37 2/1/2013

La crisis producida por la intervención entre poderes, indica que la intolerancia política está poniendo a prueba la elasticidad de la democracia y la capacidad de análisis y decisión de nuestros pueblos en las próximas elecciones. En Honduras, la coyuntura formada por la confluencia de diversas crisis es tal, que quizá, las próximas elecciones apenas sean nuestra última oportunidad para desatorar el sistema, antes que colapse en un estado fallido, cuyos síntomas ya apreciamos.

Avatar

Efrain Lizano 12:23 2/1/2013

Tenía que pasar, cuando leí las noticias de Honduras, "el año pasado", pense que estaban usando el antecende de Costa Rica. Sea esto el resultado de nuestros "Padres de la Patria" y la torta que se jalaron, aunque después de todo lograron su cometido, ahora la Corte les tiene miedo y los Políticos siguen dando sus ideas de restringir a la Sala IV.

Avatar

Giovanni Porras Villalobos 10:02 2/1/2013

Las diferencias entre lo actuado en Honduras y CR no son tan abismales, en ambos casos se persigue lo mismo, acallar al Poder Judicial cuando sus fallos no convienen al Ejecutivo; entonces se unen con el Legislativo para cercenar la independencia de Poderes. La diferencia fue la defensa que hizo el pueblo, sea con marchas o en las redes de opinión, denunciando este adefesio. Quedó también en evidencia la intromisión del Ministro de Presidencia en el Legislativo. Otra pifia de este gobierno.

Opine sobre este artículo

¿Es usted miembro? Ingrese al sistema

O regístrese utilizando Facebook


No logueado ..

Solo necesita su usuario y contraseña de Facebook.

Correo electrónico:

Contraseña:

 

Olvidó la contraseña ?

Presione aquí para registrarse gratis en nacion.com si aún no lo ha hecho. / Este sitio requiere Cookies