Denuncias por incumplir pago se recibirán en redes sociales

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Alberto Barrantes C. alberto.barrantes@nacion.com 12:00 a.m. 06/12/2012

Los trabajadores que no reciban su aguinaldo a tiempo, no tendrán que hacer filas ni esperar minutos detrás de un teléfono para plantear su denuncia.

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El Ministerio de Trabajo habilitará las cuentas de Facebook (facebook.com/TrabajoCR) y Twitter (twitter.com/mtss_cr), para tramitar las quejas contra los patronos que hayan incumplido con este pago en los primeros 20 días de diciembre.

“El uso de las tecnologías es una herramienta fundamental en todas las áreas. Solo necesitamos que la gente indique el lugar donde trabaja y con ello procederemos a hacer la inspección”, manifestó el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Olman Segura.

Esta cartera también pondrá a disposición la plataforma de denuncias de su sitio en Internet www.mtss.go.cr y las ventanillas de las oficinas del Ministerio.

Aunque muchos esperan con ansias este “sueldo adicional” para pagar deudas y comprar regalos para Navidad, hay patronos que incumplen esta obligación con la excusa de falta de dinero.

El año pasado se recibieron 1.002 casos de denuncias, de los cuales un 77% cumplió con el pago, una vez que recibió la llamada de atención de los inspectores.

El ministro Segura informó de que este año van a realizar inspecciones los días 26, 27 y 28 de diciembre, con apoyo de un equipo de 28 funcionarios. El irrespeto del aguinaldo se multa según los perjuicios que cause y el número de trabajadores de la empresa.

“Una vez que se hace la prevención, los patronos tienen 24 horas para cumplir con esta garantía laboral, de lo contrario se verán expuestos a multas que van de 7 a 23 salarios base”, informó Segura.

Divulgación. Durante los próximos días, el Ministerio hará una campaña en parques, plazas y bulevares para informar a los trabajadores sobre cuánto les corresponde por este derecho. Los toldos informativos funcionarán a partir de mañana y estarán en varios puntos del país, de 8 a. m. a 4 p. m.

Todo trabajador con más de un mes de laborar para un patrono tiene derecho al aguinaldo.

El jerarca de Trabajo también recordó que a quienes trabajan durante esta época en centros comerciales, se les debe garantizar el pago de las horas extra.

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¿Cómo calcular este derecho?

El aguinaldo es un doceavo de la suma de todos los salarios devengados por el trabajador durante los doce meses que van del 1.° de diciembre del 2011 al 30 de noviembre de este año. En el pago se deben incluir las horas ordinarias y las extraordinarias, así como cualquier otro giro salarial que se haya realizado; se obtiene de la suma de dichos salarios y se divide entre doce. Las incapacidades por enfermedad o riesgo de trabajo no se suman al aguinaldo, salvo la licencia por maternidad.

FUENTE: MINISTERIO DE TRABAJO

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