Ley 7.800 la exonera del pago de impuestos

Icoder avala al Monster Jam como espectáculo deportivo

Ministro de Deportes William Corrales dice que el ente no decide cobro de impuestos

Organismo rector del deporte tico no le dio el aval al espectáculo en primera instancia

Calificación:          

Manuel Herrera F. manuel.herrera@nacion.com 12:00 a.m. 01/12/2012

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) avaló al Monster Jam como un espectáculo deportivo.

Imagenes/Fotos

De tal modo, Xtreme Family Entertainment Sociedad Anónima Deportiva, organizadora del espectáculo –anoche fue su primera fecha en el estadio Ricardo Saprissa– no pagará impuestos a la Municipalidad de San Juan de Tibás, al Teatro Nacional y al Ministerio de Hacienda.

Así lo establece el artículo 100 de la Ley del Deporte (ley 7.800).

En el acuerdo número 13 de la sesión ordinaria 830-2012 del Consejo del Icoder, del 15 de noviembre del 2012 –y del que La Nación tiene copia– se lee tal resolución.

William Corrales, ministro de deportes y presidente del Consejo del Icoder, aclaró que ellos no tienen facultades de eximir a ningún órgano de los pagos de tributos.

“Como quiera interpretarlo la Municipalidad (de Tibás) es punto y aparte. Son ellos (el municipio) los que deciden si lo exoneran o no”, especificó Corrales.

Jorge Rojas, jefe de Patentes de ese ayuntamiento, enfatizó que ya se les había notificado el parecer del Icoder.

“No es que queda a criterio de la Municipalidad, es que con el aval del consejo del Icoder nos apegamos a lo que dice la ley”, refirió el funcionario.

Rojas indicó que la sociedad cumplía con los requisitos suficientes para darle al espectáculo el calificativo de deportivo.

“En el informe dan el visto bueno porque son una sociedad anónima deportiva que no esté morosa ni con la Caja Costarricense del Seguro Social ni con el Fondo de Bienestar Social y de Asignaciones Familiares (Fodesaft)”, apuntó Rojas.

Duro camino. Lograr el aval de espectáculo deportivo, por parte del Icoder, no fue asunto sencillo para la sociedad deportiva que organiza el espectáculo Monster Jam.

La primera solicitud que presentó José Manrique Mata (apoderado generalísimo de la sociedad) no fue bien recibido por el consejo del Icoder, quienes la denegaron el 27 de setiembre del 2012.

Gustavo Arguello, representante legal de Mata, puntualizó que de no haber alcanzado la venia del Icoder, su representada hubiera denunciado a ese órgano.

“Hay personas que les preocupa que algunos eventos no paguen impuestos. Para modificar las cosas lo que tienen que hacer es presentar un proyecto de ley y cambiar la norma”, externó el abogado.

Leopoldo Diez, de la Federación Costarricense de Motores, apoyó la actividad deportiva.

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3 La ley y sus beneficios

El artículo 100 de la Ley 7.800 dice: Exonéranse del pago de los impuestos sobre espectáculos públicos vigentes en favor de las municipalidades u organismos o entidades gubernamentales, los espectáculos, las actividades o los torneos deportivos que organicen las Sociedades Anónimas Deportivas, las asociaciones y las federaciones deportivas, debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas y reconocidas como tales por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación.

Beneficios: Gustavo Arguello, representante legal de los organizadores, aseguró que con la norma se suprimen el impuesto de ventas, al de la Municipalidad de Tibás y al Teatro Nacional y aclaró que gracias a la exoneración la población disfrutará de un espectáculo a menor precio.

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