Gestión “extraordinaria” se interpuso ayer a las 2:10 p. m.

Minera presenta nuevo recurso ante Sala I contra fallo de Crucitas

Industrias Infinito pide anular sentencia porque juicio excluyó a dueños de fincas

Demandante dice que resolución no afecta a propietarios de terrenos en Cutris

Calificación:          

Mercedes Aguero R. Irene Vizcaíno maguero@nacion.com 12:00 a.m. 17/02/2012

Industrias Infinito abrió ayer un nuevo capítulo del llamado caso Crucitas.

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La firma presentó, a las 2:10 p. m., de ayer, un recurso de “revisión extraordinario” ante la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia.

Esta gestión pretende anular el fallo del Tribunal Contencioso Administrativo del 14 de diciembre del 2010, el cual sepultó el plan para extraer 800.000 onzas de oro en Cutris de San Carlos, Alajuela.

Esa sentencia fue ratificada por la Sala Primera en noviembre.

Los jueces anularon la concesión minera luego de encontrar irregularidades en el otorgamiento de permisos a la empresa, así como falta de fundamento técnico para declarar el proyecto de “interés público” y “conveniencia nacional”.

Esta declaratoria la hicieron, en octubre del 2008, el presidente Óscar Arias, y el ministro de Ambiente, Roberto Dobles.

El dueño. Según el recurso interpuesto ayer por el abogado Juan Carlos Hernández, el proceso judicial que condujo al fallo fue defectuoso pues excluyó al propietario de las fincas donde se pretendía desarrollar el proyecto.

De acuerdo con Hernández, esto ocurrió pese a que la decisión final afecta “en forma inevitable” el derecho de propiedad de este.

El asesor legal de Industrias Infinito alegó que al no dársele participación al dueño de las tierras, no tuvo oportunidad de hacer valer sus derechos constitucionales.

El recurso señala que los terrenos están inscritos a nombre de cinco sociedades cuyo representante es un hombre de apellido Vargas, quien reside fuera del país.

Industrias Infinito, dice, únicamente posee un derecho de uso y usufructo sobre esas tierras.

Por esta razón, Hernández solicitó anular la sentencia del Tribunal Contencioso y ratificada por la Sala Primera.

Para Álvaro Sagot, uno de los abogados demandantes, la sentencia no afectó al dueño de las fincas pues lo que hizo fue anular los actos administrativos como el permiso ambiental, la concesión y la autorización de tala.

“Desde ese punto de vista, no afecta a los dueños de las fincas. Además, no es el momento procesal para alegar esto”, declaró.

Aparte de la anulación de la sentencia, Industrias Infinito pidió devolver el expediente a la oficina de origen y suspender los efectos de la sentencia hasta que se resuelva el recurso como ‘medida precautoria inmediata’.

También, requirió que se notifique al agente residente de las sociedades afectadas para que se apersone y haga valer sus derechos.

Normativa. El recurso extraordinario de revisión está regulado por el artículo 154 del Código Procesal Contencioso Administrativo.

No obstante, refiere al Código Procesal Civil para conocer las causales que permitan establecer dicho recurso.

La Sala Primera deberá estudiar la gestión y determinar si la admite. Sin embargo, no tiene plazo.

Por el caso Crucitas está pendiente una causa penal que la Fiscalía sigue a 10 funcionarios y exfuncionarios de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), por el delito de prevaricato.

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comentarios

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Ima Aguilar 16:11 17/2/2012

Si esas empresas demandan en "Arbitraje Internacional" es gracias a todos esos que votaron SI al CAFTA o TLC. Y si nos ponemos a hacer memoria (aunque muchos ticos la tienen de teflón, yo no Gracias a Dios) uno de los personajes de este "cuento" y que también está embarrado junto a su amigo por firmar un decreto, fue el que más presionó para que se diera el SI (por supuesto, con la vista gorda de Sobrado del TSE) Gracias a Dios no tengo mi conciencia sucia, yo voté por el NO al TLC! :)

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keneth gonzalez m. 14:55 17/2/2012

La indemnización sería dada por un arbitraje internacional, al igual que está haciendo RITEVE. Infinito va a demandar a un país que primero le dio permisos y luego se los quitó sin haberle probado corrupción en el proceso.

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Rodolfo Gonzalez Fonseca 14:39 17/2/2012

Huy si, como no, esta minera es como un yuyo, dificil de quitar, no se si será que el buffete de abogados ya no tienen mas clientes papudos o que, pero nada de lo q esta minera hace prosperara, no entienden que Costa Rica ya dijo NO.

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Luis Piedra Orozco 14:32 17/2/2012

Ya se ha dicho hasta el sumo cansancio que la tal indemnización no procede... Lo han repetido tantas veces, y lo han explicado a la saciedad. Pero me impresiona que a estas alturas exista gente que o no ve noticias, o no estudia, o solo lee revistas de caricaturas o no se en que dimensión andan divagando que insisten en la famosa indemnización. Es tan cierto el dicho que dice: La ignorancia es la madre de todas las desgracias.

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Alberto Gamboa 13:57 17/2/2012

A quien se le ocurriria crear esto de las "Revisiones extraordinarias" si ya dieron sentencia y fue a casacion y perdieron porque darle mas largas, aqui hay mucha corrupcion de por medio, recordemos que el Rodriguez tambien ya se valio de este peligroso portillo que abrieron algunos vivillos... que Trizte realidad aqui la justicia esta para los que tienen Dinero y los pobres salados...

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