Magistrados rechazaron recurso de amparo

Sala IV mantiene multa por conducir sin licencia

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Patricio Altamirano P. patricio.altamirano@nacion.com 12:00 a.m. 28/01/2012

La Sala Constitucional rechazó un recurso de amparo que buscaba rebajar el monto de la multa por conducir sin poseer licencia, interpuesto por un ciudadano multado en esas circunstancias.

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A diferencia de sus últimas resoluciones, esta vez los magistrados no consideraron que los ¢468.780 con que se castiga esa conducta fuera una suma desproporcionada. Esa monto incluye la multa más el 30% del Patronato Nacional de la Infancia (PANI).

“Quién conduce un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducir o el permiso temporal incurre en un falta muy grave a nuestro ordenamiento jurídico, pues no se encuentra capacitado para ello, poniendo incluso en riesgo no solo su vida sino la de otras personas inocentes”, señala el fallo, dado a conocer este viernes.

Cesar Quirós, director de la Policía de Tránsito, se mostró complacido por la decisión del tribunal constitucional.

“Un conductor que no posee licencia representa un peligro para las demás personas”, externó.

Según el funcionario, esta falta se detecta mayormente en zonas rurales y entre la población joven.

Esta sentencia da un viraje a decisiones emitidas en los últimos meses, cuando la Sala Constitucional dejó sin efecto multas establecidas en la Ley de Tránsito de 2008 por considerarlas “desproporcionadas”. Los fallos reviven los montos anteriores.

La última sentencia se conoció el 11 de enero, cuando la Sala derogó la multa por infringir los límites de velocidad y otra señalización.

Además, se anularon multas altas por conducir sin llevar el cinturón de seguridad, ni contar la revisión técnica del vehículo.

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comentarios

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Karolina Romero Jiménez 10:23 30/1/2012

Don Raul.. es desproporcionado si a usted le imponen 25 años de carcel por hablar por celular mientras conduce, pero no si se le ponen la misma pena por matar a una persona. Hay que ser coherente cuando se habla

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Peyistez Mecayo . 19:09 28/1/2012

al fin la sala cuarta hace algo bueno, hay que quitar a estos irresponsable que manejan sin licencia

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Laura Faba Navarro 17:39 28/1/2012

Que absurdo! Ademas de todo se lee: "Además, se anularon multas altas por conducir sin llevar el cinturón de seguridad, ni contar la revisión técnica del vehículo." o sea, un vehiculo que no esta en capacidad de circular tampoco es considerado peligroso.. solo la persona al volante, como si de ella dependiera todo... es que hay que ser cerrado para ver desproporcionado algo, y en el mismo tema permitirlo por otro lado... como siempre terminamos pagandoles la plata nosotros a ellos.. q desgracia

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Raul Blanco Miranda 12:46 28/1/2012

La sala IV toma fallos inconsistentes, si bajo multas por velocidad, xq no aplico lo mismo aqui. supuestamente la sala dice en cada multa es por desproporcionalidad, pero aqui se desdice...!! Para mi concepto, las multas son un castigo a una falta, no un premio al infractor. Y como castigo por violentar la ley (sea esta logica o ilogica) la multa debe ser fuerte. O entonces, si a un ciudadano le imponen 25 años de carcel, es desproporcional pasar 1/3 de la vida encerrado o_O

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Carlos Narváez 09:02 28/1/2012

Y conducir a 130 km/h en zonas urbanas no lo es?, por Dios hay que quitarle el poder a esta salita que toma decisiones a placer sin fundamentos que los respalden

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