Consejo tripartito cambió metodología para fijar remuneraciones mínimas

Producción influye en ajustes salariales al sector privado

Además, se toma en cuenta la inflación esperada y no la pasada

Fórmula se suspenderá si sube desempleo o si dólar aumenta mucho

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Patricia Leitón pleiton@nacion.com 12:07 a.m. 28/10/2011

De ahora en adelante el incremento en la producción del país por persona y la meta de inflación que defina el Banco Central, serán los factores que influirán en la definición de los ajuste de los salarios mínimos del sector privado.

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Así lo acordó ayer el Consejo Nacional de Salarios, compuesto por representantes del Gobierno, empresas y sector laboral, el cual cambió la metodología que se aplicaba desde 1998.

La nueva fórmula ya se utilizó para el ajuste del primer semestre del 2012, que será de 3,17%.

Para la ministra de Trabajo, Sandra Piszk, este es el cambio en la política salarial más importante del país en los últimos 13 años.

Según la jerarca, el cambio se orienta hacia una política de salarios crecientes que permitirá a los trabajadores del sector privado tener un poco más de dinero, comprar más y dinamizar la economía.

Consultada sobre si el cambio abre la puerta para que los trabajadores del sector público pidan que se les aplique esta metodología, la Ministra respondió que no. “Siempre hemos dicho que los aumentos en el sector público se hacen muy relacionados con las posibilidades fiscales”, aseveró.

La nueva fórmula se suspenderá si hay algunos cambios en la economía.

Cambios en detalle. En el país el ajuste de salarios mínimos privados se realiza dos veces al año. En mayo se define el ajuste del segundo semestre del año y en octubre el del primer semestre del siguiente.

Con la metodología anterior, para el ajuste de salarios del primer semestre, por ejemplo, se consideraba la variación del índice de precios al consumidor de julio, agosto y setiembre y se estimaba la de octubre, noviembre y diciembre, con un promedio simple de las variaciones del índice de precios de esos meses, de los últimos 10 años.

Además, si en el semestre anterior la inflación real era mayor o menor a la que se utilizaba para hacer el alza de los siguientes seis meses, se hacía un ajuste adicional.

Con la nueva metodología se toma la meta de inflación del Central para el año y se divide entre dos.

Para el 2012 es de un 4%, por lo tanto se consideró para el aumento de enero la mitad: un 2%.

También se toma en cuenta un promedio del aumento del producto interno bruto per cápita anualizado de cinco años (que van desde siete años atrás al año del ajuste hasta dos años atrás). Para el ajuste del 2012 se consideraron los de los años 2005 al 2010. Además, si en el semestre anterior el incremento de la inflación fue mayor o menor a la meta del Banco Central se realiza un ajuste al alza o a la baja.



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Francisco Guillen 10:51 28/10/2011

No sé si don Carlos Avila quiere defender a los trabajadores públicos o que? Concuerdo 100% con él que no deberían existir diferencias, pero infelizmente los beneficios de los empleados públicos (i.e. RECOPE que recibe un bono por no faltar a trabajar 1 dia en todo el año), es una locura. Podrán los empleados públicos soportar los requerimientos laborales de la privada?

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Carlos Avila Cambronero 08:27 28/10/2011

Igualdad laboral no existe. Como es eso sector publico ahí un porcentaje para el privado otro. Siempre el privado es mayor al público. Por eso el país nunca sale de las deuda ni camina al futuro. Solo problemas y mas CHORIZO cada día… Para terminar si el salario mínimo del empleado privado es mayor al establecido por ley, no se aplica el aumento y la ley ampara al empresario. Donde están las leyes al trabajador. Todos los días ahí aumentos en productos, peajes y muchos otros más.

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Carlos Avila Cambronero 08:27 28/10/2011

Igualdad laboral no existe. Como es eso sector publico ahí un porcentaje para el privado otro. Siempre el privado es mayor al público. Por eso el país nunca sale de las deuda ni camina al futuro. Solo problemas y mas CHORIZO cada día… Para terminar si el salario mínimo del empleado privado es mayor al establecido por ley, no se aplica el aumento y la ley ampara al empresario. Donde están las leyes al trabajador. Todos los días ahí aumentos en productos, peajes y muchos otros más.

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Alan Segura Segura 08:05 28/10/2011

Hay que analizarla profundamente pero esa formula no me da buena espina

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Se abrirá un nuevo proceso de negociación

Fórmula se suspende en varios casos

Si para la fijación del primer semestre del año, la inflación acumulada a setiembre supera en al menos un punto porcentual el límite superior de la banda meta del Banco Central, o si para la fijación del segundo semestre, la inflación a mayo es igual o superior a las tres cuartas partes de la inflación meta establecida por el Banco Central.

Si la tasa de desempleo abierto supera el 8%.

Si la actividad económica decrece por cuatro meses consecutivos o si el sector agropecuario, construcción o comercio decrece (en cada mes respecto al mismo del año anterior) por seis meses consecutivos.

Si el precio del dólar sube más de 15% durante el período comprendido entre la última fijación salarial y la nueva negociación para la próxima fijación salarial.

Además, se solicitará un estudio a la Organización Internacional del Trabajo sobre el mercado laboral privado en Costa Rica, en los últimos 10 años, para revisar la estructura en el decreto de salarios mínimos con el fin de simplificar las categorías.

FUENTE: metodología para la fijación de salarios mínimos del sector privado.

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