Minaet conoce, al menos, 136 frecuencias

Procuraduría ordena recuperar frecuencias que operan ‘ilegales’

Solicitudes para concesión se hicieron antes de regir ley de telecomunicaciones

Ministerio pedirá aclaraciones para cumplir con fallo de Procuraduría

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Vanessa Loaiza N. vloaiza@nacion.com 12:00 a.m. 13/07/2011

La Procuraduría General de la República le ordenó al Estado recuperar las frecuencias del espectro radioeléctrico “que están siendo ilegalmente explotadas” en el país.

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Se trata de usuarios de frecuencias que solicitaron una concesión del espectro radioeléctrico en los últimos 18 años, y cuyo trámite nunca se finiquitó.

Estos usuarios, aún no cuantificados por el Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (Minaet), están explotando las frecuencias sin permiso, otros les dan un uso diferente al estipulado en la legislación, y, en algunos casos, no pagan el canon respectivo.

Todos ellos iniciaron el procedimiento para obtener una concesión cuando aún no regía la Ley General de Telecomunicaciones, que se implementó en el 2008.

El pronunciamiento C-151-2011 de la Procuraduría, del pasado 5 de julio, responde a una consulta planteada por el Minaet desde diciembre del 2010.

Su intención era tener el criterio legal para resolver aquellas “solicitudes para el uso y explotación del espectro radioeléctrico presentadas antes de la entrada en vigencia de la Ley General de Telecomunicaciones y que no han sido resueltas en forma definitiva”.

Primera reacción. Hannia Vega, viceministra de Telecomunicaciones, dijo que se trata de una resolución que “debe acatarse”, pero que primero pedirán algunas aclaraciones a la Procuraduría “por la complejidad del tema”.

Por ejemplo, el Minaet tiene conocimiento de que existen al menos 136 solicitudes de concesión de frecuencia, que se tramitaron antes del 2008, en las que no hubo una resolución definitiva del Estado.

Sin embargo, para el Minaet no se trata de “ilegales”, sino de trámites inconclusos.

En el espectro radioeléctrico hay frecuencias de radio comercial, radiocomunicación, comunicaciones marítimas, meteorológicas y de televisión, entre otras.

Según Vega, sabrá quiénes tienen trámites inconclusos y cuántos son, cuando la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) le entregue un informe detallado.

Por ahora, Luis Enrique Ortiz, presidente de la Cámara Nacional de Radio (Canara), aseguró no tener conocimiento de que alguno de los agremiados esté en la condición citada por la Procuraduría.

Un trámite inconcluso. Los usuarios que, según la Procuraduría, explotan “ilegalmente” el espectro radioeléctrico se ampararon en un permiso “precario, específico y temporal” para seguir utilizando la frecuencia.

Antes del 2008, la legislación vigente establecía que un interesado obtenía un permiso temporal o “reserva” de seis meses para el establecimiento y prueba de los equipos.

Luego, debían reportarle al Ministerio de Gobernación que ya estaban instalados, para que el Departamento de Control Nacional de Radio hiciese una inspección.

Posteriormente, el Estado resolvía si concedía la concesión, y el operador se responsabilizaba del pago de los cánones respectivos.

Sin embargo, en algunos casos, el interesado no reportó que ya estaba listo para operar, y Control de Radio nunca lo inspeccionó.

Así las cosas, han operado hasta la fecha con el permiso de reserva, agrega la Procuraduría.

Sin embargo, dicha entidad hace la advertencia de que “esa inercia administrativa no es fuente generadora del derecho a la explotación de dicho bien demanial”.

Vega dijo que ya hay negociaciones entre Minaet y Sutel para fijar el procedimiento por seguir, tras el fallo de la Procuraduría.

Las resoluciones irían desde denegar la solicitud de frecuencia (e impedir que utilicen el espectro radioeléctrico) y canalizar el trámite con la actual ley de telecomunicaciones hasta recomendarles que vuelvan a concursar, dijo Vega.

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Extractos

Inercia Estatal“El hecho de que la Administración no haya realizado inspecciones, ni dictado resolución final en los procedimientos para otorgar una concesión, no justifica considerar que se está en presencia de un consentimiento tácito a la explotación –indebida– del espectro, de manera que la Administración esté obligada hoy día a otorgar la concesión que se pretende”.

Silencio negativo“La falta de dictado de la resolución final en los procedimientos para otorgar las frecuencias permite al interesado tener por denegada su pretensión, aplicando el silencio negativo. No obstante, se mantiene la obligación de la Administración de resolver, terminando los procedimientos y, en su caso, otorgando o denegando la concesión”.

Seguridad jurídica“La recuperación de las frecuencias ilegalmente utilizadas y el someter al solicitante a los principios de concurso público no violenta el principio de seguridad jurídica ni su corolario, el de intangibilidad de los actos propios declaratorios de derechos para el administrado”. Fuente: Resolución C-151-2011.

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