Tampoco contarán para salario escolar, cesantía o régimen de pensiones

CCSS excluye incapacidades para calcular aguinaldo a sus empleados

Presidenta de la Caja opina que medida disminuirá número de licencias

Undeca ve muy probable una huelga para exigir que se conserven beneficios

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Jairo Villegas S. jvillegas@nacion.com 12:00 a.m. 11/06/2011

Los subsidios económicos que reciban los funcionarios de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por incapacidad ya no serán tomados en cuenta para el aguinaldo, prestaciones ni salario escolar.

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Durante el período en que estén con esa licencia tampoco cotizarán para el régimen de pensiones.

La única excepción son las licencias por maternidad.

La junta directiva de la CCSS acordó cumplir el dictamen C-118-2011 de la Procuraduría General de la República, emitido el 31 de mayo, el cual recalcó que el monto que se paga por una incapacidad es un subsidio y no un salario.

Esto significa que si alguno de los 45.000 funcionarios de la Caja se incapacita siete meses durante un año, recibirá el pago del décimo tercer mes y el salario escolar solo calculado por cinco meses.

La decisión de la directiva causó malestar en la Unión Nacional de Empleados de la Caja (Undeca), que exige mantener los beneficios al alegar que el personal médico está más expuesto a enfermedades.

“No hay duda que esto va a provocar un revuelo negativo y posiblemente terminará en una huelga. Consideramos que los argumentos de fondo no fueron tomados en cuenta en esta resolución”, recalcó Luis Chavarría, secretario de esa organización sindical.

Ileana Balmaceda, presidenta ejecutiva de la CCSS, aseguró que la medida forma parte de una intención de ordenar la casa .

“Nosotros como junta directiva acogimos el criterio en el sentido que tenemos que revertir la práctica de reconocer el subsidio de incapacidad como un salario”, afirmó.

Gustavo Picado, director de Recursos Humanos de la CCSS, recalcó que los trabajadores de la institución que se incapaciten siempre recibirán un subsidio correspondiente al 100% del sueldo, excepto al cumplir un año con la licencia, cuando se les baja al 60%.

Consecuencia. Balmaceda prevé una disminución en el número de incapacidades de los trabajadores de la Caja por este acuerdo.

Solo durante el 2010, la institución extendió 170.000 licencias a sus funcionarios.

“También hay un reglamento que se aprobó recientemente que permitirá establecer una serie de controles adicionales que nos ayudarán a controlar que las incapacidades que se den sean las efectivamente necesarias”, agregó la presidenta ejecutiva.

La exclusión del subsidio por incapacidad para calcular el aguinaldo, cesantía o salario escolar también se aplica a otras instituciones del sector público.

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comentarios

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Juan Tenorio S 22:26 11/6/2011

Si desde el 2000 se dio la advertensia de la irregularidad. Pregunta se tomaran las acciones legales por los miles de millones pagadas de más por estas incapacidades

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Elliot Núñez Castillo 21:27 11/6/2011

Esa no es la ley ? Subsidio sobre subsidio es uno de los tantos privilegios, esperemos a los sindicalistas defendiéndolos como es lo usual.

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Gerardo Orozco Quirós 21:16 11/6/2011

Me considero trabajos honesto de la CCSS y cojncido en que hay mucho abuso, sin embargo, quienes atendemos pacientes directamente conocemos los riesgos. No creo justo perder este beneficio sólo por el abuso de algunos. En todo caso, sería bueno revisar quienes se incapacitan realmentre por tonterías, se podrían sorprender

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Erick Villalobos 21:14 11/6/2011

Mas que correcto, justo y necesario es esta medida. Esto hará que disminuya la cantidad de empleados de CCSS que pasan todo el año buscando incapacidades ficticias..

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Fidel rodriguez 17:32 11/6/2011

El pueblo Tico aplaude esta decision, y estoy seguro que los empleados honestos y aplicados de la CCSS, tambien lo aplauden. Esperamos que el Sindicato tambien lo aplauda, y haga consciencia de que esos priviligios los pagamos todos los ticos que cotizamos con esta noble institucion, la cual requiere buenas decisiones como esta.

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Dictamen legal

Licencias sonun subsidio

El dictamen C-118-2011 de la Procuraduría General de la República determinó que el pago de incapacidad es un subsidio y no un salario, y así lo deben aplicar las instituciones públicas.

“Conforme a lo establecido en nuestra abundante jurisprudencia administrativa, al constituir subsidio y no salario, definitivamente no se encuentra afecto a las cargas sociales de ley, así tampoco al impuesto al salario, ni puede tomarse en cuenta para el cálculo de prestaciones legales, aguinaldo, salario escolar ni vacaciones”, dice una de las conclusiones del documento.

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