¿Tenían contempladas consecuencias tan graves al plantear la Ley N.° 8901?
No entiendo cómo llevan la ley al extremo de paralizar asociaciones. Me parece que quien resolvió esto, no tiene en cuenta el principio general del Derecho, que dice que nadie está obligado a lo imposible.
Entonces, ¿no hay ningún problema con el texto?
Creo que es un asunto de interpretación. La ley dice que en las juntas directivas debe de haber paridad pero si eso no se puede conseguir, se integra la junta según la realidad. El Derecho no está por encima de la realidad.
¿No debería estar eso establecido en la ley?
Pues debería de venir establecido, pero hay un principio que dice que la inteligencia de la ley está por encima de la inteligencia del legislador; que el legislador no puede prever todos los casos. Eso pasa con casi todas las leyes y hay maneras de llenar los vacíos con los principios generales del Derecho. Es un problema de sentido común.