Costa Rica legalizó el matrimonio civil y el divorcio; luego, la unión de hecho. Los hijos dejaron de ser “naturales” y “adulterinos” para tener derechos sin connotaciones derivadas del estado civil de sus padres, y ahora las pruebas de paternidad facilitan la identificación del genitor. Se permite la adopción individual o conjunta.Por Política de Estado, los métodos anticonceptivos impactaron la procreación a no más de dos hijos por pareja (“tenga los hijos que pueda hacer felices”).Por Sala IV, la fecundación in vitro que, en otros lares, permite tener hijos en vientres propios o de alquiler (Ricky Martin) está autorizada “para cuando mejore la técnica” sin pérdida de embriones. La reciente validación constitucional de las diversas formas de convivencia que existen como familia, hecha al reconocer como derecho humano la posibilidad de escoger el sexo de la pareja, implica quizás el más profundo cambio social de la agonizante Segunda República (la familia heterosexual monogámica es el “elemento natural y fundamento de la sociedad”). Sin duda, la jurisprudencia constitucional modela una Tercera República.