Legislación tiene límites en mensajes no deseados

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Pablo Fonseca Q. pfonseca@nacion.com 12:00 a.m. 16/08/2010

Aunque existe legislación costarricense que regula el envío de correos masivos, tanto la Superintendencia General de Telecomunicaciones (Sutel) como el Ministerio de Ciencia y Tecnología (Micit) consideran que es mejorable.

Actualmente, la ley propiamente solo prohíbe el envío de correos masivos no solicitados con fines de “venta directa”.

Además, es a los proveedores de los servicios de Internet a los que hace responsables de controlar el spam y deja en sus manos el castigar –y cómo– al spammer (el que envía el mensaje).

“La legislación costarricense sobre asuntos informáticos es bastante limitada, aunque ciertamente se han hecho esfuerzos para establecer regulaciones más efectivas. (...) El Poder Ejecutivo constantemente revisa estos asuntos y plantea reformas legales en aras de procurarles una solución”, respondió la jerarca del Micit, Clotilde Fonseca, al preguntársele sobre la legislación que regula actualmente este tema.

Comunicaciones. El problema, añade Maryleana Méndez, miembro del consejo de Sutel, es que la regulación sobre spam podría llegar a un punto tan alto que riña con la libertad de expresión y la inviolabilidad de las comunicaciones.

“Habría que formular categorías y clasificaciones sobre qué tipos de correo masivo son razonables, y en virtud de cuáles circunstancias puede sancionarse al productor de correos masivos de comunicaciones, sin violentar derechos constitucionales”, añadió Fonseca.

“Sin duda, es necesario implementar algunas normas que definan los parámetros en los que pueden actuar las empresas que han hecho del correo masivo su negocio, pero también contemplando, por ejemplo, las necesidades propias de las pequeñas y medianas empresas, por cuanto estas han encontrado en las redes sociales y el correo electrónico, un instrumento bastante económico para la comercialización de sus bienes y servicios”, afirmó la Ministra.

Para Méndez, también es necesario darle mayores responsabilidades al internauta.

“Cuando uno se va, sin leer, al final de un contrato de servicios en una página web y marca ‘acepto’, podría estar autorizando que la información se entregue a terceros”, explicó Méndez.

“El usuario final debería verificar a quién está dando sus datos e identificar qué tipo de prácticas sigue ese sitio web con su información”, añadió.

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