Sala IV condena al Estado por destitución de Alex Solís de Contraloría

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Jairo Villegas S. jvillegas@nacion.com 05:59 p.m. 13/08/2010

San José (Redacción). La Sala IV condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios por la destitución de Alex Solís como contralor general.

Por voto de mayoría, el alto tribunal declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto a favor de Solís, quien fue removido de la Contraloría General de la República en el año 2004.

La acción la presentó Claudia Quirós Feoli, esposa del excontralor.

En su alegato, Quirós consideró que la forma como removieron a Solís irrespetó las reglas del debido proceso y el derecho de defensa.

El 27 de mayo anterior, el Tribunal Contencioso Administrativo también condenó al Estado por remover a Solís del puesto.

El por tanto de la Sala no aclara si el excontralor debe ser reinstalado.

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Gerardo Esquivel Guevara 22:42 13/8/2010

La Sala IV únicamente nos sirve para repartir confites de la Piñata llamada Estado y el Estado somos todos, o sea reparte lo de nosotros. En la empresa privada se destituye a alguien con razón o sin razón y punto. En el Estado se debe pagar por el tiempo eventualmente trabajado. Y qué dice Otton? Y las firmas?

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Manuel Arguedas castro 22:30 13/8/2010

Los diputados y diputadas que impulsaron la destitución de este señor deberían de pagar por irresponsables. Ellos sabían que en aquel momento lo que estaban haciendo era linchar a alguien con fines políticos.

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Oscar Alfaro Gutierrez 22:01 13/8/2010

Lastima que no se les puede rebajar a los que se jalaron la torta (los diputados), para que sean ellos los que paguen y rindan por sus acciones

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Arnoldo Balladares 21:35 13/8/2010

Me parece Excelente que condenen al Estado porque simplemente quitan y ponen gente en puestos públicos violentando derechos laborales, para eso existe la IDONEIDAD es decir si ven que el empleado público No va a funcionar entonces para que lo contratan??? Si lo contraron es por algo, que lo saquen así sin haberle hecho un verdadero juicio o proceso donde la Sala II da la razón de un despido sin responsabilidad patronal No estuviera pasando esto, a lo tico: por hacerlo a lo chancho el pueblo paga! Resumen: No siguieron el debido proceso!Bien por la Sala IV

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xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx 21:02 13/8/2010

Si en algo estoy de acuerdo es en la urgente necesidad de reformar la Ley de la Jurisdicción Constitucional y por ende nuestra Carta Magna, que delimitan los alcances de la Sala IV. Más que inconcebible, considero inadmisible que la Sala IV ejerza potestad sobre materia que NO es de su jurisdicción, pero que la someten a su dominio bajo torcidas interpretaciones constitucionales. El mismo Tribunal Supremo de Elecciones y la Contraloría General de la República, entre otros órganos e instituciones del Estado, han sido presas fáciles de ese aplastante dominio que debe ser sometido cuanto antes por el Poder Legislativo, quien le dio vida a una criatura que con el paso de los años se ha salido de su cauce, provocando peligrosos desbordamientos en el ordenamiento institucional del país. No creo en lo absoluto que el caso de Alex Solís sea para conocimiento, y peor aún, de sentencia de la Sala IV. Como bien lo dictan los magistrados en muchas de sus resoluciones, "el asunto no es materia para ser conocido por este Tribunal y deberá resolverse en la vía jurisdiccional correspondiente" Es decir, el caso de Solís correspondía ser ventilado en materia civil o laboral, antes de conducirlo por la vía constitucional. No obstante, como lo indicamos en notas precedentes, la Sala IV se extralimita en sus funciones, quizás por razones que algún día saldrán a la luz pública.

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