Casos ocurrieron entre 2007 y 2009

PANI denunció a 390 adultos por embarazar a menores de 15 años

Sospechosos se exponen a penas carcelarias de entre 2 años y 16 años

337 adultos fueron condenados en 2008 por delitos sexuales con menores

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Jairo Villegas S. jvillegas@nacion.com 12:00 a.m. 27/04/2010

El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) denunció a 390 hombres sospechosos de embarazar a menores de 15 años.

Las solicitudes de investigación las presentó esa entidad ante el Ministerio Público, dijo Mauricio Medrano, gerente técnico del PANI.

Esos casos fueron reportados a la línea telefónica gratuita del PANI 800-226-2626, entre los años 2007 y 2009, datalló Medrano.

Durante ese período dieron a luz 1.576 niñas entre 11 años y 14 años, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

En todos los casos debió abrirse una investigación, pero no fue posible conocer si ocurrió.

La Ley contra la explotación sexual de las personas menores de edad establece que se incurre en el delito de violación al tener relaciones sexuales íntimas con una menor de 12 años. En ese caso, el sospechoso se expone a un castigo de entre 10 años y 16 años de prisión.

Si la muchacha tiene entre 12 y 15 años (no cumplidos) el delito se llama relaciones sexuales con menor de edad, cuya pena carcelaria va de 2 años a 6 años.

El castigo es de 4 años a 10 años de prisión si el agresor es padre, abuelo, tío, hermano o tutor de la víctima.

Cuando la persona que comete el ilícito es un menor de edad, también puede ser castigado, aseguró ayer Mayra Campos, fiscal adjunta de la Fiscalía Penal Juvenil.

Para ello, el juez debe valorar el delito y decidir si el agresor cumple con una sanción que implique privación de libertad o someterse a algún programa de rehabilitación.

En el caso de requerir internamiento (cárcel), la pena máxima es de 15 años si el joven tiene entre 15 y 18 años (no cumplidos). Si tiene entre 12 años y 14 años, el castigo máximo es de 10 años. Panorama. Mauricio Medrano explicó que existe delito aunque la menor diga que consintió la relación sexual.

“El tema de la voluntad es válido a partir de los 15 años pues antes no tienen la capacidad jurídica para consentir un acto de esa naturaleza”, apuntó Medrano.

Por su parte, el Poder Judicial, mediante su oficina de prensa, detalló que en el año 2008 fueron condenados 337 adultos por delitos sexuales contra menores de edad.

Además, otras 355 personas fueron absueltas.

Esa estadística no está disponible según la edad de la víctima, lo que significa que incluye a cualquier hombre o mujer que no haya alcanzado los 18 años.

Además, el Poder Judicial recibió 2.072 denuncias por delitos sexuales contra menores de edad también durante el 2008.

Mauricio Medrano aseguró que algunos hombres que embarazan a las menores tienen hasta tres veces más de edad que las niñas.

Por ello, Alejandra Vega, coordinadora de programas de la Asociación Demográfica Costarricense, dijo que es urgente ofrecer educación sexual a los menores.

“Empiezan la actividad sexual a más temprana edad y sin estar informados”, lamentó Vega.

Los contenidos de educación sexual, para impartirlos en las escuelas y colegios, están en análisis en el Consejo Superior de Educación.

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comentarios

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Ann McDonnalds McDonnalds 16:41 27/4/2010

Una prueba de ADN y una condena en caso de ser el padre! Justicia rapida y cumplida!

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MaGa Hernández Chaves 15:39 27/4/2010

En caso de adulto vs menor de edad, estoy totalmente de acuerdo en que el adulto merece que le caiga todo el peso de la ley. Pero en caso de dos menores de edad, creo que debe analizarse cada situación. No es lo mismo que un casi hombre de casi 18 años abuse de un niñita de menos de 15 a dos adolescentes de 15 años, que son novios y metieron las patas a lo grande. En ciertos casos, conviene más ayudar a la pareja a terminar estudios y lograr salir adelante con su pequeña familia.

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Kay Guillén Díaz 12:44 27/4/2010

Es importante alcarar que la ley especifíca que si los dos son menores de edad, para que haya castigo DEBE haber una diferencia de edad de al menos 5 años, y el cargo es imputable al de mayor edad, indistintamente del género

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eduardo arroyo gonzalez 11:26 27/4/2010

senores .aqui en estados unidos un hombre mayor de30 anos no puede niciquiera tener una relacion con una mujer que no sea mayor de 21 a/os porque es un delito y ba a la carcel ,el problema son las leyes tan medicres q tenemod en costa rica ,

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Henry Fonseca Romero 11:22 27/4/2010

Es curioso como en nuestro pais las leyes pueden ser aplicadas de una forma tan abigua, porque si la relacion es entre menores de edad y una chica no tiene criterio juridico para consentir, entonces el chico tampoco tendria responsabilidad juridica para aceptar un castigo. Mas me preocupa que ocurre con un joven menor de edad en la carcel, cuando es condenado, que realizacion personal y profesional obtendra este joven para poder asumir una responsabilidad paternal en nuestra sociedad, porque tiene un hijo, si la muchacha quedo embarazada.

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Penas de prisión

Castigos incluidos en la Ley

“Quien, aprovechándose de la edad, se haga acceder o tenga acceso carnal por vía oral, anal o vaginal con una persona de cualquier sexo, mayor de 12 años y menor de 15, aun con su consentimiento, será sancionado con pena de prisión de 2 a 6 años.

“Igual pena se impondrá si se introduce, por vía vaginal o anal, uno o varios dedos u objetos.

“Será sancionado con pena de prisión de 10 a 16 años quien se haga acceder o tenga acceso carnal, por vía oral, anal o vaginal, con una persona de cualquier sexo menor de 12 años”.FUENTE: Artículos 156 y 159, Ley Contra la Explotación Sexual de Las Personas Menores.

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